Lectura de Derechos al presunto inocente.

Derechos del Inculpado 
De acuerdo con la Constitución, así como con los Tratados Internacionales, todo presunto culpable cuenta con una serie de derechos dentro del procedimiento penal acusatorio:

  • Derecho a la presunción de inocencia;
  • Derecho a no ser sometido a detenciones arbitrarias; 
  • Derecho a conocer las razones de la detención; 
  • Derecho a ser informado de sus derechos; 
  • Derecho a comunicarse con alguien (no ser incomunicado); 
  • Derecho a ser mantenido en un lugar de detención reconocido; 
  • Derecho a condiciones dignas de detención; 
  • Derecho a tener acceso a asistencia letrada desde el arresto; 
  • Derecho a la integridad personal (a no ser sometido a tortura o malos tratos, inhumanos o degradantes); 
  • Derecho a la igualdad ante la ley y ante los tribunales; 
  • Derecho a un fiscal imparcial y objetivo; 
  • Derecho a tener acceso a un doctor; 
  • Derecho a no declarar (a guardar silencio); 
  • Derecho a que no se prolongue la prisión por falta de pago a defensor; 
  • Derecho a un defensor de su elección; 
  • Derecho a un defensor de oficio; 
  • Derecho a defenderse personalmente; 
  • Derecho a comunicarse con su defensor en confidencialidad; 
  • Derecho a ser presentado a un tribunal o a un juez sin demora; 
  • Derecho a impugnar la legalidad de la privación de la libertad; 
  • Derecho a la reparación por detención ilegal; 
  • Derecho a la privacidad y a la intimidad; 
  • Derecho a la defensa adecuada; 
  • Derecho a conocer los cargos que se le imputan a la persona; 
  • Derecho a ser juzgado sin dilaciones, o ser puesto en libertad; 
  • Derecho a enfrentar el juicio en libertad; 
  • Derecho a que no se admitan pruebas ilícitas en el juicio; 
  • Derecho a contar con tiempo y medios necesarios para la defensa; 
  • Derecho a la irretroactividad de la ley; 
  • Derecho a la única persecución; 
  • Derecho de apelación;
  • Derecho de indemnización por error judicial; 
  • • Derecho a un intérprete; 
  • Derecho a ser oído por un tribunal competente, independiente e imparcial; 
  • Derecho a un juicio público;
  • Derecho de hallarse presente en el proceso; 
  • Derecho a un juicio justo; 
  • Derecho a presentar pruebas y examinar testigos; 
  • Derecho a que un juez explique la sentencia en audiencia pública; 
  • Derecho a un recurso efectivo; 
  • Derecho a que se le proporcione asistencia migratoria cuando sea de otra nacionalidad. 
Detención en flagrancia. El artículo 16 en su párrafo quinto dice:
“Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención”.

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