Análisis de los principios del Juicio Oral.

PRINCIPIOS: 

  • Oralidad 
  • Publicidad 
  • Inmediación 
  • Contradicción 
  • Concentración 
  • Continuidad 
  • Igualdad entre las partes 
ORALIDAD
Es la expresión verbal de todos los comunicados, mensajes y argumentos entre dos o mas interlocutores, mediante este principio se afirma: 
1.- La presentación de los medios de convicción que motive la sentencia
2.- La oralidad permite garantizar la solvencia, fluidez y operatividad del debate contradictorio entre las partes.
3.- La comunicación oral se da de las partes al juez, testigos, peritos e intervinientes. 
4.- Se exponen los argumentos durante la audiencia pública, se adopta de manera sucesiva, continua e ininterrumpida, situación que mejora el principio general del derecho que es la celeridad procesal y la economía procesal. 
De esta manera es mucho mas difícil para el juzgador dictar una sentencia, así como para agentes del MP y defensores mantener su prestigio profesional ante una actuación. 

PUBLICIDAD 
Consiste en que las audiencias se deben realizar de forma abierta y transparente, con la participación de la sociedad y, en su caso, de los medios de comunicación. Aunque habrá excepciones a la regla en casos donde haya menores de por medio o casos en que este implicada la delincuencia organizada. 

INMEDIACIÓN 
Es la presencia física e ininterrumpida de las partes y del juez o del tribunal en todos los actos o diligencias del procedimiento penal oral. Posibilita el efectivo ejercicio de la contradicción y, por tanto, el legitimo derecho de los imputados a una defensa efectiva. 
De no existir este principio el juez o tribunal sólo tiene conocimientos de un testimonio por el acto que se redactó, estará perdiendo la posibilidad de observar como declara el testigo, sus gestos, miradas, reacciones, su lenguaje corporal y su actuación psicológica.

CONTRADICCIÓN 
Este principio permite refutar las pruebas que las partes aporten, siempre y cuando sean ilegitimas o traten de comprobar una realidad ajena a los hechos presumiblemente delictivos; también permite contradecir elementos de carga o descarga. 
1.- Da la posibilidad de impugnar pruebas.
2.- Exige que quien intervenga durante las etapas tenga plena facultad de intervención; 
3.- Permite la debida defensa del imputado. 

CONCENTRACIÓN 
Consiste en que todo juicio penal oral se realice en una sola audiencia. 
La concentración es el principio mediante el cual los medios de prueba y las conclusiones serán objeto del debate en una misma audiencia, y las partes serán escuchados de forma continua y sin intervenciones. Mientras mas rápido se lleve a cabo el proceso el juez tomara una decisión efectiva para posteriormente dictar una sentencia.

CONTINUIDAD
El juicio debe realizarse frente a todos los sujetos procesales desde el inicio hasta el final, de una sola vez y en forma sucesiva, con el propósito de que exista la mayor proximidad entre el desahogo de las pruebas, los alegatos de las partes y la deliberación del tribunal para dictar una sentencia correspondiente.

IGUALDAD ENTRE LAS PARTES
  • Misma oportunidad y participación de las partes. 
  • Misma oportunidad de ofrecimiento de pruebas. 
  • Misma oportunidad de exponer argumentos. 
  • Mismo trato por parte del juez a las partes. 
¿QUIENES SON LOS SUJETOS EN PROCESO?  
1.-Los juzgadores: 
a) Juez de garantías o juez de control.
b) Juez de conocimiento.
c) Juez de vigilancia o juez de ejecución de sentencias. 
2.- La Fiscalía o Ministerio Público (parte procesal).
3.- La defensa.
4.- Asistente legal del ofendido.
5.- La víctima.
6.- La víctima como querellante.
7.- El imputado.
8.- El jurado popular. 

1.- Los jueces
El juez es la máxima autoridad, y asume un papel activo desde el inicio del proceso. A él tendrán que recurrir el fiscal y el defensor, Los Jueces asumirán el papel de jueces de control de garantías, jueces de conocimiento o jueces de vigilancia. 
2.-La Fiscalía 
El fiscal se encargará sólo de la acusación. Para esto se apoyará en la policía, que de preferencia será una policía unificada. El ente acusador tendrá que establecer si existe o no y tratará de identificar a los responsables. Tiene la obligación de presentar al juez de garantías los resultados de aquellas diligencias que afectan derechos fundamentales para que el juez determine su legalidad. Frente al juez de conocimiento, el fiscal le dirá al procesado los hechos por los cuales lo investiga, formulando la imputación. 
3.- La defensa 
La defensa tendrá un papel más activo, ya que con el nuevo sistema puede buscar sus medios probatorios para demostrar la inocencia de su ofendido. 
La defensa será ejercida por un abogado privado que contrate el procesado o por un abogado que nombre la defensoría pública penal, cuando el indiciado no tiene recursos para pagar uno. El defensor debe tratar de demostrar que la persona que está siendo procesada no cometió delito. Es su obligación, también hacer valer las excluyentes de responsabilidad y/o las causas de justificación legal. Se insiste en la profesionalización de la defensa.
4.- Asistente legal del ofendido.
El nuevo proceso plantea el derecho del ofendido de recibir asistencia jurídica gratuita a cargo del estado, superando el concepto vigente que le atribuye únicamente el derecho de recibir asesoría jurídica.
5.- La víctima.
Se reconoce su derecho a ser protegido, a recibir un trato acorde a su calidad de víctima, a participar directamente en el proceso, a contar con un abogado que lo represente. 
La victima puede: 
-Solicitar la realización de diligencias 
-Presentar querella 
-Impugnar resoluciones absolutorias 
-Solicitar al juez de garantías que le permita acusar si al Fiscalía opta por no hacerlo. 
6.- El Imputado 
Es aquel en contra de quien existen sospechas de participación en un hecho que reviste caracteres de delito, teniendo dicha calidad desde el primer momento de la primera actuación del procedimiento dirigido en su contra y hasta lo completa ejecución de la sentencia. 
Otra garantía indirecta para el imputado privado de libertad la constituye el hecho de que todo abogado tiene derecho a requerir información acerca de si una persona está privada de libertad en un establecimiento de detención o prisión. 




 



Comentarios

Entradas populares de este blog

Etapas de la Audiencia Inicial

Trilogía Investigadora

Cadena de Custodia