Prisión preventiva de Bentham, Diderot "Libertad", Marat "Punibilidad"

Prisión preventiva de Bentham 

El panóptico era un tipo de arquitectura carcelaria ideada por el filósofo utilitarista Jeremy Bentham hacia fines del siglo XVIII. 
El objetivo de la estructura panóptica era permitir a su guardián, guarnecido en una torre central, observar a todos los prisioneros, recluidos en celdas individuales alrededor de la torre, sin que estos puedan saber si son observados.
Prisión preventiva y correccional, con modelo panóptico de Bentham, en ella se concentraba a los perseguidos  por la peligrosidad y rehabilitación social franquista, es decir , los homosexuales en gran medida.
El modelo inicial quedaría completo si se cumpliera además el proyecto panóptico de Bentham, arquetipo de perfecta disciplina extrapolable al conjunto social. 
En esta etapa, la prisión penitenciaria -además de la preventiva- cobraría un gran vuelo: en lo cualitativo, porque satisfizo las exigencias de la pena expiatoria, proporcional, remediable y humanitaria; en lo cuantitativo, porque absorbió a los reclusos que de otra suerte irían al cadalso y acogió a quienes sufrirían galeras o transportación: los ejecutables y transportables devinieron encarcelables. De esta manera, por cierto, se iniciaría la sobre población carcelaria. De modo que actualmente el objetivo de la prisión es la "Re inserción social" 

Denis Diderot "Libertad" 
Trabajó él en nombre de la libertad y el desarrollo del espíritu crítico en una época en la que, a pesar de sus evidentes transformaciones, todavía se castigaba con severidad cualquier vislumbre revolucionario.
Diderot fue una especie de faro que iluminó todo su siglo, sirviéndole de guía para orientar la lucha levantada contra el clero y la nobleza, y estimulando el crecimiento conjunto de todos los medios del conocimiento humano: la ciencia, la filosofía y el arte, de allí que si existe una característica que describa con más propiedad su obra tiene que ver con la amplitud de sus horizontes. Principio de Legalidad

La punibilidad de Marat 
Juan Pablo Marat en Plan De Legislación Criminal (Plan de législation criminelle1779), obra política de carácter revolucionario, critica las consecuencias "injustas" del contrato social y afirma que “Los individuos que no obtienen de la sociedad más que desventajas no están obligados a cumplir las leyes”.
Las premisas en la obra de Marat: Plan De Legislación Criminal son: 
•Instrucción de los pobres y reparto de las tierras eclesiásticas 
•Las leyes deben ser justas, claras y precisas necesidad de medidas preventivas del delito. 
•Las penas deben corregir al culpable. Si son incorregibles el castigo debe volverse en beneficio de la sociedad
•Rechazo de la pena de muerte: ningún soberano tiene derecho a matar a un súbdito.
•La pena debe surgir de la misma naturaleza que el delito (influencia de Montesquieu).
Marat, propuso que con el producto de la venta de los objetos decomisados y de las multas, se formara  “una Caja de Socorro para las víctimas del delito, destinada a aliviar la suerte de los menesterosos que hubiesen quedado desamparados o desvalidos a consecuencia de un hecho punible“
Este es una de las formas estatales de auxilio a las víctimas del delito. Viendo a esto como lo que actualmente conocemos como "REPARACIÓN DEL DAÑO".

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